El Fideicomiso es un contrato por el cual una parte (Fideicomitente/es) trasmite a otra (Fiduciaria) determinados bienes o derechos para que esta última los administre o disponga de ellos de acuerdo a las instrucciones establecidas en el contrato de Fideicomiso, en beneficio de otra parte (beneficiario/os).
En el caso del Fideicomiso Financiero Campiglia Pilay I existen dos tipos de Fideicomitentes. Los Fideicomitentes A son quienes aportaron la inversión inicial, adquiriendo los títulos de deuda, y los Fideicomitentes B que son todas las personas que ingresan al sistema obteniendo un certificado de participación en el Fideicomiso.
Estas personas se adhieren con el objetivo de aportar sus ahorros para que la Fiduciaria (Pilay Uruguay AFISA) los administre en la construcción de edificios y casas (Campiglia Construcciones a través de Tecnorel S.A.) que luego ellos tienen el derecho de obtener según las instrucciones estipuladas en el contrato.
Asimismo, se establece que la Bolsa de Valores de Montevideo es el representante de los Fideicomitentes ante la Fiduciaria.
Es importante establecer que el Fideicomiso como respaldo del sistema es la mayor garantía para los ahorros ya que los bienes Fideicomitidos no pueden ser embargados por los acreedores de los Fideicomitentes, ni de los beneficiarios, ni de la Fiduciaria, por encontrarse en un patrimonio autónomo de afectación.
Por Resolución del 13.07.2011 el BCU autorizó a Pilay Uruguay AFISA a funcionar como Administradora de Fondos de Inversión e inscribirla en el Registro de Mercado de Valores como Fiduciario Financiero. Desde ese momento el ente regulador supervisa las actividades del Fideicomiso*.
Tanto los títulos de deuda, como los certificados de participación del Fideicomiso han sido debidamente calificados. Standard & Poor’s, una de las calificadoras de riesgo más importantes del mundo, habiendo valorado minuciosamente las bases tanto jurídicas como financieras y la calidad de gestión y administración del Fideicomiso, incluso en situaciones adversas, determinó que los flujos de fondo son acordes a un escenario de calificación 'uyBBB (sf)'. Dicha calificación implica haber concedido a los títulos de deuda el grado de inversión (investment grade), calificación que solo se concede a aquellas emisiones que presentan una adecuada capacidad para hacer frente a compromisos financieros futuros. Esta calificación fue renovada por tercer año consecutivo por Standard & Poor`s manteniendo las mismas condiciones.
La calificación de Standard & Poor´s se sustenta en un apropiado nivel de aforo inicial para los títulos de deuda serie 1 provisto por los aportes de los Fideicomitentes B, las adecuadas características legales y financieras del Fideicomiso, la buena calidad de gestión y administración de la cartera de aportes y el adecuado flujo de fondos proveniente de los activos subyacentes del Fideicomiso que respaldan la emisión calificada.
Por otra parte, también fueron calificados los certificados de participación por la calificadora CARE, quien les otorgó la nota de BB(uy) (grado especulativo medio), entendiendo que los beneficiarios logran satisfacer con los recursos del Fideicomiso su derecho a obtener la tenencia y ulterior propiedad de una unidad habitacional de las características establecidas en el contrato. CARE mantuvo la nota en su segundo período de calificación y considera que seguirá en futuros años, entre otros criterios, el cumplimiento del proyecto y el alcance de los objetivos constructivos y de adjudicaciones.
La calificación de CARE se respalda en que este negocio desde el punto de vista económico ofrece adecuadas perspectivas de lograr su propósito y tiene una rentabilidad satisfactoria para el inversor, es un sistema que desde el punto de vista técnico y económico supera diversas pruebas, con un riesgo jurídico moderado, en el que intervienen dos empresas que demuestran por sus antecedentes una adecuada capacidad de llevar adelante el proyecto y además generan un equilibrio entre la administradora y los beneficiarios estableciendo como representante de los Fideicomitentes a la Bolsa de Valores de Montevideo.
* La inscripción de los fiduciarios en el Registro del Mercado de Valores que efectúe el Banco Central del Uruguay sólo significa que la emisora ha cumplido con los requisitos establecidos legal y reglamentariamente, sin que dicha inscripción exprese un juicio de valor acerca del fiduciario ni sobre su futuro desenvolvimiento. (Art. 14/ Decreto 516/2003)Campiglia Pilay te ofrece la posibilidad de elegir la manera más conveniente para abonar el valor de tus cuotas, pudiendo efectuar el pago a través de los siguientes sistemas de cobranzas:
Contrato de Fideicomiso Financiero Campiglia Pilay I(Inscripción RNAP 32.618/11)
Criterio de adjudicación de puntos para Licitación por Mayor Puntaje (Acta Fiduciaria nº 64)
ANEXO II: CONVENIO DE ADHESION AL CONTRATO DE FIDEICOMISO FINANCIERO “CAMPIGLIA & PILAY I”